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lunes, 30 de noviembre de 2015

AUTOS PARA DISCAPACITADOS

No todas las personas que tienen algún tipo de discapacidad pueden acceder a los beneficios que otorga la ley para la compra de autos.

Por ejemplo, a un discapacitado auditivo no le corresponden los beneficios de esta ley, dado que puede movilizarse por sus propios medios a través del transporte público.

No así una persona con discapacidad motriz o cognitiva, que necesita de un auto para trasladarse, ya sea por su propios medios o ayudado por otra persona.

Para el caso de vehículos nacionales, la bonificación que establece la reglamentación es del 21%. Si se trata de modelos importados, los descuentos están en el orden del 40% (no se incluye el IVA, derecho de importación, tasa portuaria y otros), pero no se puede superar los 23.000 dólares.

Requisitos:

Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250, Capital Federal). Solicitud de franquicia, certificado médico original, fotocopia del DNI/LC/LE del solicitante y fotocopia del registro de conducir del beneficiario.

También, fotocopia del DNI/LC/LE y de la licencia vigente de un familiar convivente en caso de que el solicitante no conduzca, curatela/Tutela (sólo en aquellos casos en que el interesado padezca discapacidad mental y sea mayor de 21 años).

Además, original de la resolución de la AFIP (donde se acredita capacidad económica del solicitante y/o núcleo familiar), y factura pro forma original o fotocopia intervenida
por la AFIP (de un auto standard, que debe estar homologado por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación y el de menor precio dentro de los de su modelo.

Para autos importados se solicitará: marca, modelo y versión del vehículo elegido: valor FOB (valor en puerto de origen); precios de lista, valor final; Nª VIN y procedencia.

Para autos nacionales: marca, modelo y versión; valor de plaza del automóvil; IVA descontado 21% y valor final a abonar por el solicitante.